¿Se puede desheredar a un hijo?

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Se puede desheredar a un hijo

Una cuestión que los notarios tenemos que aclarar con frecuencia a quienes vienen a nuestro despacho para hacer testamento en Mieres es que no se puede desheredar a uno o a varios de los hijos sin que exista una razón muy poderosa y documentada. Sin duda, por el influjo de tantas series y películas de origen americano, mucha gente piensa que cuando redacta su testamento puede repartir sus bienes a su libre albedrío. Pero lo cierto es que la legislación española es, en este aspecto, mucho más restrictiva.

Cuando una persona quiere hacer testamento en Mieres ha de saber que sus bienes han de tomarse en tres partes cuya valoración económica sea similar: La legítima, la mejora y el tercio de libre disposición. Vamos a ver cómo puede el testador disponer de sus bienes. La primera de estas partes,  la llamada legítima, ha de repartirse obligatoriamente en partes iguales entre los herederos legales, los hijos en primer lugar.

A uno o más de estos herederos legales, se les puede incrementar su parte con el llamado tercio de mejora que solamente puede ser repartido entre los herederos legítimos. Por último, una tercera parte de sus bienes sí que puede entregarla a la institución o personas que desee, aunque no tenga ningún lazo familiar con ellas.

Para poder eliminar a uno o más de los hijos del testamento se ha tenido que demostrar que ha sido el causante de un maltrato físico o psicológico a sus padres, que el hijo hubiera denunciado al progenitor fallecido en una acusación falsa o si hubiera tratado de modificar su voluntad mediante amenazas o violencia, y siempre aportando en la Notaría Eduardo Ávila Rodríguez pruebas documentales de cualquiera de estos supuestos. Sólo en esos casos puede eliminarse a uno de los hijos del testamento.